La Corte de Apelaciones de Turín, se ha expedido recientemente en este sentido.
La Corte de Apelaciones de Turín, con su sentencia n. 904 del 13 de enero de 2020, ha confirmado la decisión precedente del Tribunal de Ivrea, considerando que existe un vínculo etiológico entre el uso prolongado de los teléfonos celulares por razones laborales, y la neurinoma del nervio acústico derecho. El INAIL, por lo tanto, deberá pagar al trabajador en cuestión una pensión por enfermedad profesional.
La decisión tiene un precedente en el fallo del Tribunal de Casación, sección Laboral, del 12 de octubre de 2012 n. 17438, que en un caso similar había reconocido la existencia de una enfermedad profesional tras el uso prolongado del teléfono móvil, el cual duró aproximadamente 12 años. (LC)