Podrá ser despedido el trabajador que cometa múltiples infracciones disciplinarias punibles con sanciones administrativas| Studio Legale Menichetti

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Se puede despedir por causa justa al trabajador que haya cometido múltiples faltas disciplinarias que, consideradas de manera individual y según el convenido colectivo vigente, hayan sido penadas con sanciones administrativas.

Así lo ha establecido el Tribunal Supremo con la sentencia n. 16217 del 3 de agosto de 2017.

La decisión de los jueces de mérito a favor de la legitimidad del despido por múltiples faltas disciplinarias había sido impugnada ante el Tribunal Supremo invocando las disposiciones del art. 1 número 42 de la Ley 92/2012 (llamada Reforma Fornero), que al modificar el Artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, preveía la reincorporación del trabajador despedido cuando la falta en cuestión formase parte de la conducta punible con una sanción administrativa de acuerdo con los convenios colectivos o los códigos disciplinarios aplicables en la empresa.

Pero el Tribunal Supremo confirmó la legitimidad del despido en cuestión, dictaminando que, a pesar de lo dispuesto en el convenio colectivo, el despido disciplinario no debe considerarse desproporcionado puesto que los hechos en cuestión deben evaluarse juntos para establecer si tales faltas han disminuido la confianza del empleador en el trabajador y si existe una causa justa del cese conforme al art. 2119 c.c.

Las infracciones disciplinarias que tomadas una por una implicarían, sobre la base del código disciplinario actual, más de una sanción de naturaleza conservadora, sumadas, pueden hacer que la decisión por parte del empleador del cese de la relación laboral sea completamente congruente y proporcionada.

Como diría Totò, cada límite tiene una paciencia; y, es la suma la que hace el total.

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