Renovado el contrato comercial| Studio Legale Menichetti

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Importantes novedades en materia de flexibilidad horaria y contratos de tiempo determinado.

En fecha 30.3.2015 ha sido firmada la propuesta de renovación del contrato comercial nacional de Comercio y Servicios Terciaros por parte de CONFCOMMERCIO, FILCAMS - CGIL, FISASCAT - CISL, UILTUCS - UIL, cuya validez ha comenzado a partir del 1 de abril de 2015 y será válida hasta el 31 de diciembre de 2017.

Entre las novedades se indica un aumento salarial igual a 85,00 euros brutos para el cuarto nivel de cualificación profesional (con una re-parametrización relativa en los otros niveles contractuales), que corresponderá a cinco tramos:

- 15,00 euros a partir del 1 de abril de 2015;

- 15,00 euros a partir del 1 de noviembre de 2015;

- 15,00 euros a partir del 1 de junio de 2016;

- 16,00 euros a partir del 1 de noviembre de 2016;

- 24,00 euros a partir del 1 de agosto de 2017.

El nuevo texto contractual prevé entre otras cosas la posible realización de un máximo de 44 horas de trabajo semanales sin que las horas realizadas en exceso se consideren extraordinarias, hasta un máximo de 16 semanas: el excedente de trabajo realizado se recuperará dentro de los 12 meses siguientes.

Entre otras novedades, se prevé un contrato de duración determinada para la ayuda al empleo.

De hecho, el texto incluye normas sobre la subcualificación profesional en el caso de contratación de personas "débiles", tales como las personas desempleadas o aquellas que hayan completado el aprendizaje sin la consiguiente contratación.

Con estas personas se puede estipular un contrato de tiempo determinado de 12 meses, de los cuales los 6 primeros meses tendrán una cualificación profesional inferior a dos niveles y los siguientes 6 meses, una cualificación profesional inferior a un nivel.

Se podrá establecer la subcualificación de un nivel profesional durante otros 24 meses, en caso de una sucesiva transformación de contrato a uno de tipo indeterminado.

Las partes también han implementado el acuerdo sobre la governance del año 2014 para la reorganización de los organismos territoriales bilaterales y la mejora del bienestar contractual nacional.

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