Nunca, como en los últimos años, la legislación laboral ha sufrido intervenciones tan significativas por parte del legislador.
La introducción de la disciplina del smart working según la Ley 22.05.2017, n. 81, tiene finalmente en cuenta el desarrollo tecnológico que ha caracterizado la última década, con una marcada tendencia a la informatización y automatización de los procesos de producción y, por consiguiente, intenta codificar una práctica de aplicación que en Italia ya representa una práctica concreta en los ambientes productivos más avanzados: es decir, una forma de trabajo que, si bien permanece en el contexto de la relación subordinada, puede garantizar formas de autonomía en términos de tiempo, lugar y modo de ejecución de la prestación laboral.
Aunque parece que este proceso evolutivo no haya sido visto hasta ahora de manera favorable en todos los ambientes económicos. De hecho, el contrato colectivo aprobado después de la Ley 81/2017, parece tener un enfoque conservador, limitando de hecho el alcance innovador de la ley.
Algunos contratos de segundo nivel han sometido al trabajador/a a las horas de trabajo hábiles del resto de empleados/as con contrato ordinario. Esta disposición está en claro contraste con la ley ya citada, que no establece vínculos horarios.
Sin embargo, otros acuerdos empresariales limitan el desempeño del trabajo a los "lugares autorizados", prohibiendo explícitamente los espacios públicos. Esto contraviene las disposiciones de la nueva ley, que se caracteriza precisamente por la ausencia de restricciones de lugar, lo que diferencia el smart working del trabajo a distancia.
Pero podemos confiar, o al menos esperar, en que los interlocutores sociales sepan demostrar que pueden actualizarse y saber cómo usar el Smart working, que sin duda tendrá múltiples implicaciones en el mercado laboral, ofreciendo a los sindicatos, empresas y trabajadores/as numerosas oportunidades y beneficios. (AA)